Perros mascotas
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7 Mar 2023 04:01 PM

Corte Suprema dice que mascotas sí son embargables y la discusión pasa a la Corte Constitucional

Diego
Espitia
La Corte negó la tutela de una mujer que alegaba un vinculo sentimental estrecho con las mascotas.

La Corte Suprema de Justicia negó una demanda presentada por una mujer que alegaba la necesidad de quedarse con sus dos perros que, aseguraba, hacían parte de su núcleo familiar. 

El caso es el de una pareja en proceso de divorcio que, en fallo de primera instancia en un tribunal de familia, se decretó que los perros se quedarían en propiedad del hombre, pero la mujer pidió que se reversara la decisión por el cariño que tiene con sus mascotas. 

Según la demanda de la mujer, no permitirle permanecer con los animales, vulneraría los derechos de los animales, pues se trata de una parte fundamental de su familia. 

"Ya que desde su nacimiento ellos han estado en su vida y se han convertido en esa compañía donde todos se entretienen, se brindan amor y compañía, integran una parte importante de la rutina de mi hogar", explica la demanda. 

Además, la accionante pedía que se tuviera en cuenta a los animales como seres sintientes que también se verían afectados por la separación de la familia. 

Pese a los argumentos, la Procuraduría en su concepto explicó que existen otras instancias judiciales para decidir la propiedad de los animales, argumento con el que estuvo de acuerdo la Sala de Casación Civil. 

"De ahí que, si no se han agotado todos los recursos que brinda el ordenamiento procesal, por medio de la queja constitucional no se puede proveer la solución de una cuestión que corresponde dirimir al juez competente", concluyó el Alto Tribunal. 

El magistrado Aroldo Wilson Quiroz salvó su voto porque consideró que se debe tener en cuenta que existe el termino de "familias multi-especie", además de que resaltó que la sociedad se ha despersonalizado por lo que la interacción física ha disminuido. 

La Corte Suprema dejó en firme la decisión del juez de familia, pero remitió el expediente a la Corte Constitucional para que lo revise y se pronuncie de fondo. 

Fuente
Sistema Integrado de Información